La Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal considera el DNI/NIF de una persona física como dato de carácter personal. Por otro lado, en la información suministrada en el Catálogo de ficheros inscritos en el Registro General de Protección de Datos accesible a través de su página web, con el objeto de difundir y dar publicidad a la existencia de ficheros de datos de carácter personal inscritos en el Registro General de Protección de Datos, se puede consultar el DNI de una persona, en su condición de responsable del fichero inscrito. Cuando el responsable del fichero es una persona física, la inclusión de su DNI permite que se le identifique como responsable del fichero en el ejercicio de su actividad profesional y, además, como persona física. Esta situación se ha modificado, y desde hoy, cuando el responsable del fichero actúe como persona física, no se publicará el dato relativo a su NIF

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